I.-
FUNCIONES DE LA COORDINACIÓN DEL PLAN ANDALUZ DE SALUD LABORAL Y PRL (Artículo
7.4 de la ORDEN de 16 de abril de 2008)
a) Elaborar y coordinar
la implantación, actualización, difusión y seguimiento del Plan de
Autoprotección (P.A.E.)
b) Anotar, en
la aplicación informática Séneca, las fechas de las revisiones de
las diferentes instalaciones del centro. Comprobar y actualizar los
datos relativos a las mismas para el control y mantenimiento preventivo.
Velar por el
cumplimiento de la normativa vigente.
c) Coordinar la
planificación de las líneas de actuación para hacer frente a las situaciones de
emergencia y cuantas medidas se desarrollen en el centro en materia de
seguridad.
d) Facilitar, a la
Administración educativa, la información relativa a los accidentes e
incidentes que afecten al profesorado, al alumnado y al personal de
administración y servicio.
e) Comunicar,
a la Administración educativa, la presencia en el centro de factores,
agentes o situaciones que puedan suponer riesgo relevante para la seguridad
y la salud en el trabajo.
f) Colaborar
con el personal técnico en la evaluación de los riesgos laborales del
centro, haciendo el seguimiento de la aplicación de las medidas preventivas
planificadas.
g) Colaborar con
los delegados y delegadas de prevención y con el Comité de Seguridad y
Salud de la Delegación Provincial de Educación, en aquellos aspectos
relativos al propio centro.
h) Facilitar la intermediación
entre el equipo directivo y el Claustro de Profesorado para hacer efectivas
las medidas preventivas prescritas.
i) Difundir
las funciones y actuaciones que los equipos de emergencia
y cada miembro de la comunidad educativa deben conocer en caso de emergencia.
Programar los
simulacros
de emergencia del centro, coordinando las actuaciones de las ayudas externas.
d) Participar en la difusión
de los valores, las actitudes y las prácticas de la cultura de la
prevención de riesgos.
j) Coordinar las
actividades relativas a la seguridad, la promoción de la salud
en el lugar de trabajo y la implantación de las medidas correspondientes y
cuantas actuaciones se desarrollen en el centro en estas materias transversales.
En este sentido, solicitará la formación necesaria a su Centro de Profesorado
correspondiente.
k) Hacer un
seguimiento de las actuaciones realizadas y su incidencia en la
mejora de las condiciones de seguridad y salud del profesorado, mediante la
cumplimentación de los cuestionarios proporcionados por la Consejería de
Educación. Dichos cuestionarios estarán disponibles en la aplicación
informática Séneca, durante el mes de junio de cada curso escolar.
l) Cuantas otras
funciones se deriven de la aplicación del I Plan Andaluz de Salud Laboral y
Prevención de Riesgos Laborales del personal docente de los centros públicos
dependientes de la Consejería de Educación (2006-2010).
Artículo
7.4 de la ORDEN de 16 de abril de 2008, por la que se regula el
procedimiento para la elaboración, aprobación y registro del Plan de
Autoprotección de todos los centros docentes públicos de Andalucía, a excepción
de los universitarios, los centros de enseñanza de régimen especial y los
servicios educativos, sostenidos con fondos públicos, así como las Delegaciones
Provinciales de la Consejería de Educación, y se establece la composición y
funciones de los órganos de coordinación y gestión de la prevención en dichos
centros y servicios educativos.