TRABAJO
TERCER TRIMESTRE PARA LOS ALUMNOS DE FOL
OBJETIVO:
1º) Dotar a los Departamentos de todas las familias profesionales y laboratorios de un documento que permita informar del contenido mínimo que debe tener un botiquín.
2º) Facilitar el control del contenido del botiquín por parte del responsable, al poder anotar las fechas de caducidad y las carencias de los elementos imprescindibles del botiquín.
3º) Fomentar la cultura preventiva dentro del aula, tanto con los alumnos como fuera de ellas.
4º) Fomentar la práctica de las siguientes habilidades: (Técnicas de la Especialidad de Seguridad)
- Investigación en un taller/aula/laboratorio sobre un contenido específico sobre Seguridad y Salud Laboral. ( materia propia del Curriculum de F.O.L).
- Registro de la información recabada en el documento excel ( materia propia del Curriculum de F.O.L)
- Notificación: todos los departamentos recibirán el informe final con todos los documentos que se han generado. Igualmente lo recibirá la Dirección del Centro.
- Utilización de las herramientas 2.0 (TICs)
PARTICIPANTES: Los alumnos de los grupos 1POA (G.S.) y 1EVB (GM).
CONTENIDO DE LA ACTIVIDAD:
1º) Recoger el contenido de los botiquines de la zona asignada utilizando el documento excel que nosotros ya hemos elaborado. Reflejar la fecha de caducidad.
2º) Fotografiar el contenido del botiquín.
3º) Identificar con un número el botiquín o botiquines que tengas asignado. El código del botiquín será el número de la puerta del taller, aula o laboratorio y si hubiera dos, añadir la nomenclatura con la que se identifica el taller, aula o laboratorio.
4ª) Realizar un documento Excel Final con todos los botiquines detectados.
5ª) Recoger aquellas aulas, talleres o laboratorios que no tengan botiquín.
6ª) Realizar un power point con cada uno de los botiquines que hayas detectado.
7ª) Realizar un power point Final con todas las presentaciones.
8ª) Recoger en los planos del Centro la ubicación de los botiquines.
LEGISLACIÓN NECESARIA PARA LA ELABORACIÓN DEL DOCUMENTO EXCEL
El Anexo VI
del RD 486/97, de 14 de abril, sobre lugares de trabajo establece las
condiciones mínimas de los locales y el material necesario para la prestación
de los primeros auxilios.
Dependiendo del riesgo existente en la
empresa, del tamaño de la misma y de las facilidades de acceso al centro de
asistencia más próximo así como de la fecha de creación de los citados lugares
de trabajo, se deberá procurar desde un botiquín portátil hasta una sala
especial (cuyo contenido y dotación mínimos vienen especificados en la figura
1).
Consideraciones
generales
a los botiquines:
● Han de contener material de primeros auxilios y nada más.
● El contenido ha de estar ordenado.
● Se ha de reponer el material usado y verificar la fecha de
caducidad.
● El contenido ha de estar acorde con el nivel de formación del
socorrista (usuario)
Contenido de los botiquines:
A modo de recomendación, el contenido mínimo básico de un botiquín de empresa sería:
● Instrumental básico:
❍ Tijeras y
pinzas
● Material de curas:
❍ 20 Apósitos
estériles adhesivos, en bolsas individuales.
❍ 2 Parches
oculares
❍ 6
Triángulos de vendaje provisional.
❍ Gasas
estériles de distintos tamaños, en bolsas individuales.
❍ Celulosa,
esparadrapo y vendas.
● Material auxiliar:
❍ Guantes.
❍ Manta
termoaislante.
❍ Mascarilla
de reanimación cardiopulmonar.
● Otros:
❍ Bolsas de
hielo sintético.
❍ Agua o
solución salina al 0,9% en contenedores cerrados desechables, si no existen
fuentes lavaojos.
❍ Toallitas
limpiadoras sin alcohol, de no disponer de agua y jabón.
❍ Bolsas de
plástico para material de primeros auxilios usado o contaminado
Este contenido mínimo ha de ampliarse siempre
que existan riesgos particulares. Se ha de calibrar la necesidad de disponer de
una o varias camillas, de ciertas prendas de protección como delantales, batas,
mascarillas... Este material no debería estar en el botiquín de primeros
auxilios, sino en otro lugar y siempre al cuidado del que sepa usarlo.
No se deberían olvidar tampoco los
«botiquines de viaje» en el caso de trabajadores cuya tarea se desarrolle fuera
de la empresa.
Locales
de primeros auxilios
Están obligados a disponer de un local
específico aquellos lugares de trabajo utilizados por primera vez o que hayan
sufrido ampliaciones o transformaciones a partir de la fecha de entrada en
vigor del RD 486/97 y que consten de más de 50 trabajadores o más de 25
teniendo en cuenta la peligrosidad y las dificultades de acceso al centro de
asistencia más próximo, si así lo determina la autoridad laboral. Para otras
situaciones, consultar el citado RD.
Tanto el material como los locales deberán
estar claramente señalizados, conforme al apartado 3.5º del anexo III del R.D.
485/1997, de 14 de abril (B.O.E. nº 97, de 23 de abril) sobre señalización de seguridad
y salud en el trabajo.
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